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Acción defensorial prevalece el derecho a la identidad de niña menor de un año de la ciudad El Alto

Acción defensorial prevalece el derecho a la identidad de niña menor de un año de la ciudad El Alto

28 de enero de 2021

La Coordinación Regional El Alto de la Defensoría del Pueblo, en el marco a sus atribuciones constitucionales, logró el cumplimiento y vigencia del respeto del derecho a la identidad de una niña menor de un año de edad de la ciudad alteña, realizando la inscripción de la partida de nacimiento ante un Oficial de Registro Civil, conforme al artículo 65 de la Constitución Política del Estado y el artículo 15 del Código de las Familias y del Proceso Familiar.

Ante la denuncia de una madre se conoció que el progenitor se negó a dar su apellido y el Oficial de Registro Civil donde acudió para registrar a su hija, le solicitó como uno de los requisitos indispensables la Cédula de Identidad el padre. 

En ese entendido, la entidad defensorial junto a la madre y 2 testigos se constituyó en la Oficialía N° 20105016 del Dr. Oscar Justiniano Lucana, Oficial de Registro Civil, para realizar el registro de la niña Nikoleth A. L. R. garantizando así el derecho a la identidad y atendiendo a la población vulnerable Niña, Niño y Adolescente.

 La Constitución Política del Estado indica en su Artículo 65.” En virtud del interés superior de las niñas, niños y adolescentes y de su derecho a la identidad, la presunción de filiación se hará valer por indicación de la madre o el padre. Esta presunción será válida salvo prueba en contrario a cargo de quien niegue la filiación. En caso de que la prueba niegue la presunción, los gastos incurridos corresponderán a quien haya indicado la filiación”. 

Asimismo, en el numeral I del artículo 15 (FILIACIÓN POR INDICACIÓN) del Código de las Familias y del Proceso Familiar, señala: “La madre o el padre podrá realizar el registro de filiación de su hija o hijo menor de edad, y por indicación la maternidad o paternidad del otro progenitor debidamente identificado, cuando éste no lo realice voluntariamente o esté imposibilitado o imposibilitada de hacerlo”.