Oficina - Santa Cruz

DEFENSORÍA DEL PUEBLO CUESTIONA Y RECHAZA EL MANEJO DE INFORMACIÓN PÚBLICA RESPECTO A NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

DEFENSORÍA DEL PUEBLO CUESTIONA Y RECHAZA EL MANEJO DE INFORMACIÓN PÚBLICA RESPECTO A NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

22 de junio de 2023

DEFENSORÍA DEL PUEBLO CUESTIONA Y RECHAZA EL MANEJO DE INFORMACIÓN PÚBLICA RESPECTO A NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

La Defensoría del Pueblo, en el marco de la Ley 870, cuestiona y rechaza el accionar de algunos medios de comunicación de Santa Cruz que infringen el derecho de la reserva de identidad y confidencialidad de las niñas, niños y adolescentes, siendo víctimas, testigos o infractores, toda vez que son sujetos de derechos en la difusión de imágenes, documentos como informes psico-sociales entre otros.

Se reitera que, en la difusión de información sobre niñas, niños y adolescentes no se debe mellar la dignidad de ninguna víctima y no deben difundir imágenes, voz, nombre, datos personales o cualquier otra referencia que permita la identificación de los mismos, aun cuando se modifiquen, difuminen o no se especifiquen sus identidades. Asimismo, no está permitido difundir datos personales de niñas, niños o adolescentes relacionados con la comisión de delitos, ya sean autores, víctimas o testigos, debe evitarse la difusión de imágenes o noticias que propicien o sean tendientes a la discriminación, criminalización o estigmatización de niñas, niños o adolescentes, evitando así, toda forma de revictimización.

La Ley 548 Código Niña, Niño y Adolescente, es una  ley especial de protección que tiene  por objeto reconocer, desarrollar y regular el ejercicio de los derechos de la niña, niño y adolescente para garantizar sus derechos mediante la corresponsabilidad del Estado, la familia y la sociedad;  se los reconoce como sujetos de derechos, por lo cual, todo proceso  judicial donde se vean involucrados los derechos de las niñas niños y adolescentes deben manejarse bajo reserva, confidencialidad y privacidad. En ningún caso, los informes psico-sociales u otros documentos deben ser expuestos al público, siendo el Ministerio Publico, Policía Boliviana, Órgano Judicial y Defensoría de la Niñez y Adolescencia (DNA),  los guardianes y custodios responsables de garantizar la reserva y privacidad, evitando la difusión de dicha información que dañe la imagen y el desarrollo integral familiar y Social de las niñas, niños y adolescentes.

 

Santa Cruz, 22 de junio del 2023