Defensoría del Pueblo garantiza el derecho a la educación de un niño, hijo adoptivo de una pareja de la ciudad de Sucre
27 de enero de 2025
La Defensoría del Pueblo, a través de su Delegación Defensorial en Chuquisaca, garantiza la inscripción de un niño, hijo adoptivo de una pareja, a quien inicialmente, le habrían negado la posibilidad de estudiar en la misma Unidad Educativa junto a sus hermanos.
En pasados días tomamos conocimiento que, la madre adoptiva de un menor de edad, habría recibido la negativa por parte de la Directora de una Unidad Educativa de alta demanda de la ciudad de Sucre, para inscribir a su hijo en el mismo colegio con sus hermanos, bajo el argumento de que este “no sería su hijo biológico”, informó el Delegado Defensorial de Chuquisaca, Humberto Mayorga.
“Con
la actitud asumida por la servidora pública, no solamente se cuarta el derecho
a la educación del niño, sino que también, se cuestiona el hecho de que este, pueda
ejercer su derecho fundamental a tener una familia, con los mismo derechos y
obligaciones que asisten a cualquier ciudadano boliviano”, aseveró el Delegado.
Mayorga,
también lamentó que, pese a que la madre habría explicado y exhibido la documentación
que la acredita como guardadora legal del menor de edad, además de acreditar
que estaría en la fase final del proceso de adopción, la Secretaria se habría mostrado
indiferente a la situación y de forma textual habría manifestado "no
entiendes, no es tu hijo, no es tu hijo".
Ante
el hecho, se puso en conocimiento del caso, a la Dirección Distrital de
Educación, para que se pueda material la inscripción y así garantizar el
derecho a la educación del niño, en el marco de lo establecido en la Resolución
Ministerial 001/2025, emitida por el Ministerio de Educación.
Finalmente,
la autoridad defensorial solicitó a la Dirección Distrital se puedan tomar las
medidas correctivas, para que esta situación no se vuelva repetir.
La
Resolución Ministerial 001/2025 establece que, en el caso de hermanas y
hermanos la inscripción será automática, debiendo registrar en el sistema los
datos del estudiante en las fechas establecidas, además de prohibir de manera
categórica cualquier forma de discriminación y violencia, de conformidad con la
Ley Contra el Racismo y toda forma de Discriminación, Ley Integral para
garantizar a las mujeres una vida libre de Violencia y Código Niña, Niño y
Adolescente.