DEFENSORÍA DEL PUEBLO IDENTIFICA OMISIÓN POR PARTE AUTORIDADES DE LA UMSA PARA DENUNCIAR Y SANCIONAR UN HECHO DE ACOSO SEXUAL CONTRA UNA ESTUDIANTE DE COMUNICACIÓN SOCIAL
1 de junio de 2022
La Paz, 1 de junio de 2022.- La
Defensoría de Pueblo inició una investigación ante la omisión en la que
incurrieron autoridades y ex autoridades de la Universidad Mayor de San Andrés
para iniciar un proceso administrativo en contra de un docente de la carrera de
Comunicación Social acusado de acoso sexual por una estudiante.
La Delegada Defensorial de La
Paz, Mabel Martínez, indicó que existen evidencias de incumplimiento de la
debida diligencia ante una denuncia de acoso sexual hecha por una estudiante de
Comunicación Social de la UMSA en 2018, quien habría sido sometida a actos de
acoso sexual por parte del docente R.R.Q.R.
“Pese a la existencia de una
solicitud efectuada por la Comisión contra el Acoso Sexual de la carrera de
Comunicación Social de la UMSA, dirigida al entonces Rector Waldo Albarracín,
para que se activen los mecanismos en el marco de la Ley 348 y Reglamentos
Universitarios, así como el Informe D.D.U/GSA/2019 de 22/11/2019 emitido por la
Defensoría de los Derechos Universitarios de la UMSA, mismo que concluye, que
existen indicios suficientes de la existencia de violencia en la forma de acoso
sexual por parte del docente en contra de la estudiante y recomienda iniciar un
proceso administrativo en contra del denunciado’, las autoridades
universitarias omitieron el deber de denunciar este delito ante las instancias
competentes conforme establece la Ley 348”, remarcó Martínez.
La institución defensorial inició
de oficio una investigación formal ante la omisión de denunciar en la que
incurrieron servidores y ex servidores públicos, por una parte, ante las instancias
administrativas de la UMSA en cumplimiento del Reglamento de Procesos
Universitarios, y por otra, por no poner en conocimiento estos hechos de
violencia contra la mujer ante las autoridades competentes y/o instancias que
promueven denuncias de violencia.
“Dadas estas omisiones, se
exhorta a las autoridades de la Universidad Mayor de San Andrés cumplir con lo
dispuesto en el Artículo 48 de la Ley 348, que establece que “Todo hecho de
violencia contra las mujeres podrá ser denunciado por la víctima o cualquier
otra persona que conozca de un delito”, manifestó la Delegada Defensorial.
Martínez recordó que la denuncia
de acoso sexual se constituye en un delito tipificado en Artículo 312 quater
del Código Penal y como tal, la instancia competente para promover la acción
penal es el Ministerio Público y bajo su responsabilidad está la dirección
funcional de las actuaciones investigativas realizadas por la Policía
Boliviana, mismas que tienen por finalidad individualizar a los posibles autores
en el marco de una investigación objetiva y oportuna a efectos de establecer la
existencia de la responsabilidad correspondiente.