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DEFENSORÍA DEL PUEBLO PROPICIA ACUERDO ENTRE AUTORIDADES ORIGINARIAS DE LA COMUNIDAD DE VILLA AMACARI Y PAREJA DE ADULTOS MAYORES, TRAS CONFLICTO POR SANCIÓN COMUNITARIA

DEFENSORÍA DEL PUEBLO PROPICIA ACUERDO ENTRE AUTORIDADES ORIGINARIAS DE LA COMUNIDAD DE VILLA AMACARI Y PAREJA DE ADULTOS MAYORES, TRAS CONFLICTO POR SANCIÓN COMUNITARIA

27 de diciembre de 2024

El Alto, 27 de diciembre de 2024 (UCOM/UCREA). - En el marco de promover la cultura de paz y en resguardo de los derechos de las personas adultas mayores, la Defensoría del Pueblo, tras una audiencia entre Autoridades Indígena Originarias Campesinas de la Comunidad Villa Amacari y la Sra. Martina Mamani de Chipana, adulta mayor de 63 años de edad, logró subsanar un conflicto que surgió por la afectación de predios en propiedad privada. 

“En resguardo de los derechos de las personas adultas mayores, la Defensoría del Pueblo, escucho a ambas partes (…) las autoridades explicaron que cobraron Bs. 450 a la persona adulta mayor, en señal de garantía por la afectación que se generó a predios de terceros”, señaló el responsable de la Unidad de Coordinación Regional de El Alto, Fernando Claros.  

El caso data de la gestión 2023, donde el ganado de la Sra. Martina, consumió pastizales y una chacra en propiedad privada, por esta afectación las Autoridades de la comunidad Villa Amacari, del municipio de San Pedro de Tiquina, del departamento de La Paz, habrían decomisado una vaca en señal de garantía a la persona adulta mayor y su esposo de 73 años (quien sufre de problemas del oído), hasta que se dé solución a la parte afectada. 

“Para recuperar su ganado, la adulta mayor entrego los Bs. 450, con estas acciones, hubo afectación al derecho a la propiedad y al trabajo, porque a través del ganado y el trabajo que realizan, es que las comunidades subsisten día a día”, añadió Claros. 

El diálogo propiciado por la Defensoría del Pueblo, permitió que las autoridades y la peticionaria, llegaran a un acuerdo, que es el de devolver el dinero a la pareja adulta mayor, monto que fue entregado en presencia del personal de la institución defensorial, que participó como veedor.  

Asimismo, se socializó con las autoridades de la Comunidad Villa Amacari, el rol que cumple la Defensoría del Pueblo a través de la Ley N° 870, en relación a los Pueblos Indígena Originarios Campesinos, para el cumplimiento de sus derechos.  

También, se explicó la Ley Nº 073, de Deslinde Jurisdiccional, recordándoles que, las autoridades de la jurisdicción indígena originaria campesina, no pueden sancionar con la pérdida de tierras o la expulsión a las y los adultos mayores o personas en situación de vulnerabilidad, por causa de incumplimiento de deberes comunales, cargos, aportes y trabajos comunales.

La Defensoría del Pueblo, recuerda a la población que tiene habilitada la línea gratuita 800-10-8004, el número de WhatsApp 72039523 (El Alto) y el sitio web: https://sisdp.defensoria.gob.bo/SSP_Violencia/ para registrar y atender denuncias y quejas sobre vulneración de derechos humanos.