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DEFENSORÍA DEL PUEBLO SE REÚNE CON LA MJPJ Y REALIZA ADECUACIÓN AL CONTEXTO REGIONAL DEL REGLAMENTO PARA CENTRO DE REINTEGRACIÓN SOCIAL DE VILLA ROJAS

DEFENSORÍA DEL PUEBLO SE REÚNE CON LA MJPJ Y REALIZA ADECUACIÓN AL CONTEXTO REGIONAL DEL REGLAMENTO PARA CENTRO DE REINTEGRACIÓN SOCIAL DE VILLA ROJAS

19 de octubre de 2021

Cobija 16 de octubre de 2021.- Bajo el liderazgo de la Defensoría del Pueblo, la Mesa de Justicia Penal Juvenil (MJPJ) se reunió para realizar un análisis técnico jurídico de la propuesta de reglamento interno para el Centro de Reintegración Social de Villa Rojas (CRSVR)  a fin de que esta institución cuente con un reglamento interno aprobado, conforme a normativa nacional, internacional y estándares de derechos humanos.

Las instituciones departamentales y municipales que trabajan con la temática en esta oportunidad realizaron un análisis por tiempo y materia de la propuesta de reglamento, revisando cada artículo, con la finalidad de realizar sus contribuciones  mediante recomendaciones, logrando su readecuación al contexto departamental.

En la reunión, realizada este 16 de octubre, estuvieron presentes personal técnico y autoridades de la Instancia Técnica de Política Social del Gobierno Autónomo  Departamental de Pando, el responsable del Centro de Reintegración Social de Villa Rojas, la  jueza del Juzgado de Niñez y Adolescencia del Tribunal Departamental De Justicia de Pando, la Defensoría de la Niñez y Adolescencia del Municipio de Cobija, Fiscalía Departamental de Pando  del Ministerio  Público y Defensa Publica de Pando.

La coordinadora Departamental de la Defensoría del Pueblo, Cinthya Jordán, indicó que el trabajo de adecuación está prácticamente culminado y que este 25 de octubre el Servicio de Gestión Social (SEDEGES) de la Gobernación realizará la presentación del documento final.

La propuesta de reglamento fue elaborada en coordinación con la Organización ProgettoMondo Mlal y se constituye en un modelo de reglamento interno con contenido mínimos para garantía, respeto y ejercicio de las y los adolescentes privados de libertad y regulará el régimen de vida al cual están sujetos los y las adolescentes, debiendo observar en consecuencia, que las disposiciones no vulneren sus derechos y garantías reconocidos en el Código de la Niñez y Adolescencia y estándares internacionales.