DEFENSORÍA DEL PUEBLO SOCIALIZÓ EL REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE ÉTICA Y PROYECTO DE LEY PARA LA ASISTENCIA INTEGRAL A HIJOS VÍCTIMAS DE FEMINICIDIO EN TRES MUNICIPIOS DE PANDO.
10 de noviembre de 2022
Cobija, 10 de noviembre de 2022.- La Defensoría del Pueblo, a
través de la Delegación Defensorial de Pando, instó a autoridades de los
Legislativos Municipales de Nueva Esperanza, Gonzalo Moreno y San Lorenzo, dar
viabilidad a la aprobación del reglamento de la comisión de ética en
cumplimiento a recomendaciones defensoriales y la Ley N°243 contra el Acoso y
Violencia Política y el proyecto de Ley para la Asistencia Integral a Niñas,
Niños y Adolescentes Víctimas de Feminicidio.
Según el Informe Defensorial, “Sin Nosotras no hay
Democracia” existe una ausencia de políticas públicas destinadas a la
prevención y erradicación e incumplimiento en la adecuación de normativas
referente a la lucha contra el acoso y violencia política en los municipios del
departamento Pando.
“Los concejos municipales de Gonzalo Moreno y San Lorenzo ya
tienen avances en el tratamiento del reglamento de la comisión de ética y se
comprometieron a dar curso a su tratamiento y aprobación en próximas semanas”
informó Eva Velasco, Técnico de Servicio al Pueblo de la Delegación Defensorial
Pando.
La propuesta de reglamento establecerá instrumentos de
función y tratamiento para la denuncia, trámite y sanción cuando se susciten
casos de acoso y violencia política a autoridades electas en los Gobiernos
Autónomos Municipales, tanto titulares como suplentes.
La Comisión de Ética de cada órgano deliberativo es la instancia encargada de conocer y resolver las denuncias en la vía administrativa sobre acoso y violencia política.
De igual manera, se socializó el proyecto de Ley para la
Asistencia Integral a Niñas, Niños y Adolescentes Víctimas de Feminicidio.
“Esta es una propuesta de normativa municipal de carácter social con el
objetivo de prevenir la asistencia integral para niñas, niños y adolescentes
víctimas de feminicidio y no queden desprotegidos por el Estado” afirmó
Velasco.
La presente Ley será aplicable únicamente dentro de la
jurisdicción municipal, cuando el progenitor o responsable se encuentre
procesado o cuente con sentencia condenatoria ejecutoriada o se declare
extinción judicial de la acción penal por la causa de la muerte del procesado y
también si el responsable de la comisión del delito de feminicidio se haya
quitado la vida inmediatamente después de cometer el hecho delictivo.
Las Concejalas y Concejales de los municipios de Nueva Esperanza, Gonzalo Moreno y San Lorenzo, afirmaron que revisarán y analizarán por minorizado la propuesta de Ley con el objetivo de establecer políticas públicas de atención, resguardo y promoción del ejercicio pleno de los derechos de hijas, hijos víctimas de feminicidio.