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EN ORURO, DEFENSORÍA DEL PUEBLO CAPACITA AL PERSONAL POLICIAL SOBRE LOS DERECHOS HUMANOS DE LOS PRIVADOS DE LIBERTAD

EN ORURO, DEFENSORÍA DEL PUEBLO CAPACITA AL PERSONAL POLICIAL SOBRE LOS DERECHOS HUMANOS DE LOS PRIVADOS DE LIBERTAD

23 de junio de 2022

La Defensoría del Pueblo en Oruro la tarde de ayer, capacitó al personal policial del Centro penitenciario de San Pedro y La Merced, sobre los Derechos Humanos de los privados de libertad y seguridad penitenciaria.

Estos cursos se desarrollan en el marco de las acciones comprometidas en los acuerdos interinstitucionales entre la Defensoría del Pueblo y el Comando General de la Policía Boliviana, a partir de la solicitud de la Dirección Nacional de Derechos Humanos y la Dirección de Seguridad Penitenciaria, para capacitar sobre derechos humanos de poblaciones vulnerables en situación de privación de libertad y sobre el Mecanismo Nacional de Prevención de Tortura.

 

El abogado Remberto Vásquez, Supervisor SSP de la Delegación Defensorial de Oruro, destacó que en el taller con servidores públicos policiales se remarcó que las personas privadas de libertad, únicamente perdieron el derecho a la libre locomoción, por lo que los demás derechos se encuentran garantizados por el Estado, correspondiendo a las instituciones y servidores públicos, velar por el cumplimiento de los demás derechos como garantes de derecho.

 

El tema constituye uno de los más sensibles en la actualidad, debido a algunos hechos suscitados en algunos centros penitenciarios del país, en el último tiempo, vinculados a la violación de los derechos de las personas privadas de libertad. La Convención internacional contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes está desarrollada en el marco de los derechos humanos. 

 

Vásquez, resaltó que los talleres contemplaron las reglas mínimas de las Naciones Unidas para el tratamiento de los reclusos y la Ley de ejecución penal y supervisión 2298 que tienen como principios, la dignidad y el valor inherentes de las personas privadas de libertad como seres humanos, debiendo el Estado y la sociedad en su conjunto, tratar a todas las personas privadas de libertad con el respeto debido a su dignidad y valor inherentes al ser humano. Asimismo, prohibir y proteger a las personas privadas de libertad de toda forma de tortura y malos tratos.

 

Por otra parte, enfatizó que se debe velar en todo momento por la seguridad de las personas privadas de libertad, el personal, los proveedores de servicios y los visitantes.

 

La Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, establece que: todo Estado parte tomará medidas legislativas, administrativas, judiciales o de otra índole eficaces para impedir los actos de tortura en todo territorio que esté bajo su jurisdicción. Por otra parte, en ningún caso podrán invocarse circunstancias excepcionales tales como estado de guerra o amenaza de guerra, inestabilidad política interna o cualquier otra emergencia pública como justificación de la tortura; asimismo, no podrá invocarse una orden de un funcionario superior o de una autoridad pública como justificación de la tortura.