EN ORURO, DEFENSORÍA DEL PUEBLO CAPACITA AL PERSONAL POLICIAL SOBRE LOS DERECHOS HUMANOS DE LOS PRIVADOS DE LIBERTAD
23 de junio de 2022
La Defensoría del Pueblo en
Oruro la tarde de ayer, capacitó al personal policial del Centro penitenciario
de San Pedro y La Merced, sobre los Derechos Humanos de los privados de
libertad y seguridad penitenciaria.
Estos cursos se desarrollan en
el marco de las acciones comprometidas en los acuerdos interinstitucionales
entre la Defensoría del Pueblo y el Comando General de la Policía Boliviana, a
partir de la solicitud de la Dirección Nacional de Derechos Humanos y la
Dirección de Seguridad Penitenciaria, para capacitar sobre derechos humanos de
poblaciones vulnerables en situación de privación de libertad y sobre el
Mecanismo Nacional de Prevención de Tortura.
El abogado Remberto Vásquez,
Supervisor SSP de la Delegación Defensorial de Oruro, destacó que en el taller
con servidores públicos policiales se remarcó que las personas privadas de
libertad, únicamente perdieron el derecho a la libre locomoción, por lo que los
demás derechos se encuentran garantizados por el Estado, correspondiendo a las
instituciones y servidores públicos, velar por el cumplimiento de los demás
derechos como garantes de derecho.
El tema constituye uno de los
más sensibles en la actualidad, debido a algunos hechos suscitados en algunos
centros penitenciarios del país, en el último tiempo, vinculados a la violación
de los derechos de las personas privadas de libertad. La Convención
internacional contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanas o
degradantes está desarrollada en el marco de los derechos humanos.
Vásquez, resaltó que los
talleres contemplaron las reglas mínimas de las Naciones Unidas para el
tratamiento de los reclusos y la Ley de ejecución penal y supervisión 2298 que
tienen como principios, la dignidad y el valor inherentes de las personas
privadas de libertad como seres humanos, debiendo el Estado y la sociedad en su
conjunto, tratar a todas las personas privadas de libertad con el respeto
debido a su dignidad y valor inherentes al ser humano. Asimismo, prohibir y
proteger a las personas privadas de libertad de toda forma de tortura y malos
tratos.
Por otra parte, enfatizó que
se debe velar en todo momento por la seguridad de las personas privadas de
libertad, el personal, los proveedores de servicios y los visitantes.
La Convención contra la
tortura y otros tratos o penas crueles, establece que: todo Estado parte tomará
medidas legislativas, administrativas, judiciales o de otra índole eficaces
para impedir los actos de tortura en todo territorio que esté bajo su
jurisdicción. Por otra parte, en ningún caso podrán invocarse circunstancias
excepcionales tales como estado de guerra o amenaza de guerra, inestabilidad
política interna o cualquier otra emergencia pública como justificación de la
tortura; asimismo, no podrá invocarse una orden de un funcionario superior o de
una autoridad pública como justificación de la tortura.