Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura constata situación de personas arrestadas tras intervención policial en Sucre
15 de enero de 2026
Sucre, 15 de enero de 2026 (UCOM/DDDCH). – En su calidad de Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura (MNP), la Defensoría del Pueblo realizó, la madrugada de hoy, una verificación en la Estación Policial Integral (EPI) de San Roque, en la ciudad de Sucre, tras la intervención policial en un proceso de desalojo.
En el lugar se constató la presencia de tres personas privadas de libertad, todas mayores de edad y de sexo masculino, dos arrestadas y una aprehendida; las dos primeras fueron liberadas a la una de la madrugada aproximadamente tras cumplir ocho horas de arresto, mientras que la tercera permanece en celdas policiales por el presunto delito de lesiones, según la versión policial.
El Delegado Defensorial
de Chuquisaca, Humberto Mayorga, informó que, durante la entrevista realizada
por el personal defensorial, la persona aprehendida denunció vulneración de sus
derechos y el uso de violencia física durante su detención y traslado, motivo
por el cual la Defensoría gestionó la intervención del médico forense del IDIF,
que tras la valoración correspondiente emitió un certificado médico legal con
12 días de impedimento.
“Ante estos hechos, la
Defensoría del Pueblo investiga las circunstancias de la intervención policial
y, en el ejercicio de su mandato como MNP, acompaña a la familia de la persona
aprehendida en la presentación de una denuncia ante la Fiscalía Departamental
de Chuquisaca, por la presunta agresión, en resguardo del derecho al acceso a
la justicia”, añadió el delegado defensorial.
La actuación
defensorial se sustenta en la Constitución Política del Estado, que en sus
artículos 15 y 114 garantiza el derecho a la integridad de la persona, prohíbe
la tortura y toda forma de violencia durante su aprehensión o detención, así
como en la Ley N° 870 que reconoce a la Defensoría del Pueblo como MNP, y los
compromisos internacionales asumidos por el Estado boliviano, como la
Convención contra la Tortura, su Protocolo Facultativo (OPCAT) y la Convención
Americana sobre Derechos Humanos.
Finalmente, Mayorga
recordó que, conforme a los estándares internacionales sobre el uso de la
fuerza, la actuación policial debe regirse por los principios de legalidad,
necesidad, proporcionalidad y ética, garantizando en todo momento el respeto a
la vida y a la dignidad humana como bienes supremos.
Efectivos policiales
Durante la actuación de
la Defensoría del Pueblo, también se conoció que dos efectivos policiales
habrían sido agredidos físicamente por personas presentes en el lugar del
desalojo, en circunstancias en las que se intentaba obstaculizar la ejecución
de la medida.
Para consultas o
denuncias sobre la vulneración de derechos humanos, la Defensoría del Pueblo
tiene habilitada la Línea Gratuita 800-10-8004, WhatsApp 72006607, y las
oficinas defensoriales en Chuquisaca 71162444 y Monteagudo 71280641.


