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Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura constata situación de personas arrestadas tras intervención policial en Sucre

Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura constata situación de personas arrestadas tras intervención policial en Sucre

15 de enero de 2026

Sucre, 15 de enero de 2026 (UCOM/DDDCH). – En su calidad de Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura (MNP), la Defensoría del Pueblo realizó, la madrugada de hoy, una verificación en la Estación Policial Integral (EPI) de San Roque, en la ciudad de Sucre, tras la intervención policial en un proceso de desalojo.

En el lugar se constató la presencia de tres personas privadas de libertad, todas mayores de edad y de sexo masculino, dos arrestadas y una aprehendida; las dos primeras fueron liberadas a la una de la madrugada aproximadamente tras cumplir ocho horas de arresto, mientras que la tercera permanece en celdas policiales por el presunto delito de lesiones, según la versión policial.

El Delegado Defensorial de Chuquisaca, Humberto Mayorga, informó que, durante la entrevista realizada por el personal defensorial, la persona aprehendida denunció vulneración de sus derechos y el uso de violencia física durante su detención y traslado, motivo por el cual la Defensoría gestionó la intervención del médico forense del IDIF, que tras la valoración correspondiente emitió un certificado médico legal con 12 días de impedimento.

“Ante estos hechos, la Defensoría del Pueblo investiga las circunstancias de la intervención policial y, en el ejercicio de su mandato como MNP, acompaña a la familia de la persona aprehendida en la presentación de una denuncia ante la Fiscalía Departamental de Chuquisaca, por la presunta agresión, en resguardo del derecho al acceso a la justicia”, añadió el delegado defensorial.

La actuación defensorial se sustenta en la Constitución Política del Estado, que en sus artículos 15 y 114 garantiza el derecho a la integridad de la persona, prohíbe la tortura y toda forma de violencia durante su aprehensión o detención, así como en la Ley N° 870 que reconoce a la Defensoría del Pueblo como MNP, y los compromisos internacionales asumidos por el Estado boliviano, como la Convención contra la Tortura, su Protocolo Facultativo (OPCAT) y la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Finalmente, Mayorga recordó que, conforme a los estándares internacionales sobre el uso de la fuerza, la actuación policial debe regirse por los principios de legalidad, necesidad, proporcionalidad y ética, garantizando en todo momento el respeto a la vida y a la dignidad humana como bienes supremos.

Efectivos policiales

Durante la actuación de la Defensoría del Pueblo, también se conoció que dos efectivos policiales habrían sido agredidos físicamente por personas presentes en el lugar del desalojo, en circunstancias en las que se intentaba obstaculizar la ejecución de la medida.

Para consultas o denuncias sobre la vulneración de derechos humanos, la Defensoría del Pueblo tiene habilitada la Línea Gratuita 800-10-8004, WhatsApp 72006607, y las oficinas defensoriales en Chuquisaca 71162444 y Monteagudo 71280641.