Defensoría del Pueblo condena publicaciones en redes sociales que afectan la dignidad de la Presidenta del Senado
30 de Julio de 2020 06:51 pm
La Defensoría del Pueblo condena la difusión en redes sociales de un video de índole sexual, en el que supuestamente estaría involucrada la Presidenta del Senado, Eva Copa; rechaza este tipo de acciones que afectan la dignidad de cualquier mujer y evidencian la reproducción de un sistema patriarcal en el que impera toda forma de violencia, incluyendo la mediática y la política.
Recuerda que la Convención Interamericana para Prevenir,
Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer define la violencia contra
la mujer como cualquier acción o conducta, basada en su género, que cause
muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico, tanto en el ámbito
público como en el privado; de ahí que la normativa interna, a partir de la Constitución
Política del Estado, reconoce el
derecho a vivir una vida libre de violencia y la Ley 348 incluye
entre las formas de violencia a la mediática, producida por los medios masivos
de comunicación a través de publicaciones, difusión de mensajes e imagines
estereotipadas que promueven la sumisión o explotación de mujeres; que la
injurian, difaman, discriminan, deshonran, humillan o que atentan contra su
dignidad, su nombre y su imagen.
También
recuerda que el acoso y violencia política es un conjunto de actos cometidos
por una persona o grupo de personas, directamente o mediante terceros, en
contra de mujeres candidatas, electas, designadas o en ejercicio de la función
política pública, con el propósito de acortar, suspender, impedir o restringir
funciones inherentes a su cargo, encontrándose entre dichos actos, la
discriminación por razones de sexo, color, edad, orientación sexual, cultural,
origen, idioma, credo religioso, ideología, afiliación política o filosófica,
estado civil, condición económica, social o de salud, profesión, ocupación u
oficio, grado de instrucción, condición de discapacidad, procedencia,
apariencia física, vestimenta, apellido u otras, así como el divulgar
información falsa relativa a las funciones político – públicas, con el objetivo
de desprestigiar su gestión y obtener contra su voluntad la renuncia y/o
licencia al cargo que ejercen o postulan, conforme señalan los incisos l) y o)
del Artículo 8 de la Ley N° 243.
En
ese sentido, la Defensoría del Pueblo considera que la difusión del citado
video se constituye en una acción de acoso y violencia política así como
mediática, por lo cual se exhorta al Ministerio Público, en el marco de sus
competencias, iniciar las acciones de investigación correspondientes al caso,
promoviendo la garantía de los derechos de las mujeres en general y de quienes
se encuentren en cargo públicos.