DEFENSORÍA DEL PUEBLO EXIGE NUEVAMENTE AL ESTADO LA PROTECCIÓN DEL DERECHO A LA IMAGEN Y RESPETO AL PRINCIPIO DE PRESUNCIÓN DE INOCENCIA

DEFENSORÍA DEL PUEBLO EXIGE NUEVAMENTE AL ESTADO LA PROTECCIÓN DEL DERECHO A LA IMAGEN Y RESPETO AL PRINCIPIO DE PRESUNCIÓN DE INOCENCIA

17 de Abril de 2025 09:05 pm

DEFENSORÍA DEL PUEBLO EXIGE NUEVAMENTE AL ESTADO LA PROTECCIÓN DEL DERECHO A LA IMAGEN Y RESPETO AL PRINCIPIO DE PRESUNCIÓN DE INOCENCIA

El 6 de febrero de la presente gestión, la Defensoría del Pueblo logró la tutela en la Acción de Protección de Privacidad interpuesta ante la Sala Constitucional 2da. del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz en favor de Reyna R.H.H.; hecho que marcó un hito en la protección de los derechos humanos respecto al principio de presunción de inocencia, tras la exhibición mediática por parte de autoridades de Gobierno.

Lamentablemente, este lunes 14 de abril, las autoridades y entidades encargadas por ley de la investigación y persecución penal presentaron en conferencia de prensa al señor M.A.Z., como autor del fallecimiento de un joven que fue apuñalado junto a su hermano y un amigo en las puertas de una discoteca ubicada en la zona Sopocachi de la ciudad de La Paz.

Al respecto, la Defensoría del Pueblo expresa su preocupación por el accionar de las autoridades de gobierno además  de algunos medios de comunicación, quienes naturalizan la exhibición de personas como autor o autores del ilícito, en conferencia de prensa, vulnerando así el derecho a la presunción de inocencia, en clara contravención de lo recomendado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) al Estado boliviano en la sentencia del caso Valencia Campos que estableció que “estas conferencias de prensa tienen un impacto mediático que afecta negativamente a la honra de las personas presentadas como culpables, aun antes de que se haya realizado cualquier imputación formal en su contra”.

La Defensoría del Pueblo exige a las autoridades competentes el respeto a los derechos humanos, respecto al principio de presunción de inocencia, y que se adopten acciones de no repetición, pero principalmente garanticen la libertad y el debido proceso de las personas involucradas.

El principio a la presunción de inocencia, ha sido ampliamente desarrollado en la normativa internacional; así el art. 11.1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH), el art. 8.2 de la Convención Americana de Derechos Humanos y el art. 14.2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos establece que “Toda persona acusada de un delito tienen derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad conforme a la Ley”.

Como Institución Nacional de Derechos Humanos continuaremos vigilantes del respeto a la dignidad humana en cumplimiento a nuestras atribuciones constitucionales.

La Paz, 17 de abril de 2025.