Informe 2022 MNP-Bolivia: más de la mitad de los privados de libertad en el país se encuentran bajo detención preventiva
29 de Septiembre de 2023 08:32 pm
En
este reportaje de la Defensoría del Pueblo se muestra, de manera integral, una
radiografía de la situación de los privados de libertad en los centros
penitenciarios de toda Bolivia, producto del primer año de trabajo del
Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura (MNP – Bolivia), instancia
dependiente de la institución defensorial.
La
Paz, 29 de septiembre de 2023 (UCOM - DP).- A diciembre de 2022 se registraron en las cárceles bolivianas 24.824
personas privadas de libertad. De esta cifra el 66,19 por ciento están bajo la
modalidad de detención preventiva, es decir que, de cada diez personas
recluidas en centros penitenciarios, seis permanecen en la cárcel bajo medidas
cautelares de carácter personal: en otras palabras, más de la mitad de las
personas que permanecen en los recintos carcelarios.
El
Defensor del Pueblo, Pedro Callisaya, presentó los resultados del informe en la
Asamblea Legislativa. Durante su exposición puso de manifiesto su preocupación
por la cantidad de privados de libertad que se encuentran bajo detención
preventiva.
“Esto
llama la atención, porque el alto porcentaje de personas privadas de libertad
con detención preventiva invita a que repensemos sobre cómo estamos utilizando
la detención preventiva. de repente no como un mecanismo para garantizar la
realización del proceso con la presencia del procesado, sino como una medida
que se constituye en una especie de sanción anticipada”, cuestionó.
La
autoridad defensorial remarcó que, en cuanto a los centros penitenciarios, otro
aspecto que genera preocupación es el referido al aumento de la población
penitenciaria, el cual registró un incremento, de marzo de 2022 y diciembre de
2022, de 20.002 a 24.824 personas privadas de libertad.
EL
MNP – BOLIVIA realizó visitas a 40 centros penitenciarios del país, donde
evidenció la situación en la que se encuentra la población recluida en estos
establecimientos.
Esta
instancia elaboró el informe 2022 mediante la información recabada durante 273
visitas a establecimientos carcelarios, centros de reintegración social, celdas
policiales, centros de acogimiento para niñas, niños y adolescentes, hospitales
psiquiátricos y centros de formación militar, donde se evidenció la situación
de las personas que viven en privación de libertad o bajo custodia del Estado.
A
2022 SE REGISTRÓ UN 188% DE SOBREPOBLACIÓN EN CENTROS PENITENCIARIOS
El
MNP - Bolivia estableció que, en la gestión 2022, se registró una
sobrepoblación carcelaria de alrededor de 188 por ciento, pues a diciembre de
esa gestión la capacidad en las cárceles del país estaba calculada para 8.626
privados de libertad, pero se evidenció la existencia de 24.824 personas
privadas de libertad.
“Definitivamente
hay un tema que alarma, que es la población que existe en los diferentes
centros penitenciarios, lo que llama la atención es que hay un 188 por ciento
de sobrepoblación (carcelaria), es decir que, las capacidades de todos los
centros penitenciarios han sido rebasadas”, reveló el Defensor del Pueblo.
La
autoridad defensorial también informó que, en diez meses la población en
centros penitenciarios creció pues, en marzo de 2022 se registraron 20.002
personas privadas de libertad, cantidad que se incrementó a diciembre de esa
misma gestión, cuando se contabilizaron 24.824 personas privadas de libertad.
Producto
de las visitas y relevamiento de información, la defensoría del pueblo, a
través de este primer informe del MNP – Bolivia emitió 30 recomendaciones que
pretenden, por un lado, impulsar soluciones a problemas estructurales, y por
otro lado, atender necesidades urgentes.
Estas
recomendaciones están dirigidas a instancias gubernamentales como: el
Ministerio de Gobierno, Dirección General de Régimen Penitenciario, direcciones
departamentales de régimen penitenciario, Ministerio de Salud y Deportes,
Tribunal Supremo de Justicia, Ministerio de Justicia y Transparencia
Institucional, Consejo de la Magistratura, Ministerio de Defensa y Comando
General de la Policía Boliviana.
LAS
30 RECOMENDACIONES DEFENSORIALES
La
Defensoría del Pueblo, como Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura
(MNP-Bolivia), presentó 30 recomendaciones al Estado boliviano para precautelar
el cumplimiento de las obligaciones internacionales asumidas por el país en
cuanto a las personas privadas de libertad, en el marco de su primer Informe
Anual correspondiente a la gestión 2022.
El
Defensor del Pueblo, Pedro Callisaya, destacó que este documento se constituye
en un importante documento para luchar y prevenir hechos de tortura y malos
tratos. Hacinamiento carcelario, cierre de la cárcel de San Pedro y jornadas de
descongestionamiento carcelario y uso excesivo de la detención preventiva,
fueron algunas de las falencias que identifica este primer informe del
MNP-Bolivia.
La
primera autoridad defensorial explicó que este primer informe agrupa los
resultados de las 273 visitas realizadas por el MNP-Bolivia a diferentes
centros penitenciarios, centros de reintegración social, celdas policiales,
centros de acogimiento para niñas, niños y adolescentes, hospitales
psiquiátricos y centros de formación militar, donde se evidenció la situación
de las personas que viven en privación de libertad o bajo custodia del Estado.
“Nosotros estamos presentando este primer año
de gestión del MNP-Bolivia como parte del proceso de sensibilización, del
compromiso conjunto, en lo interinstitucional, que tenemos como Estado
boliviano para prevenir hechos de tortura, que socaban la dignidad del ser
humano”, manifestó
Una
de las principales recomendaciones apunta a pedir el cumplimiento de la Ley N°
494 referida al cierre del centro penitenciario de San Pedro de la ciudad de La
Paz y la construcción del proyecto Complejo Penitenciario para el departamento
acorde a las necesidades de la población privada de libertad.
Cabe
recordar que Bolivia ratificó la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o
Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes a través de la Ley N° 1939 de 10 de
febrero de 1999, y el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura
y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, a través de la Ley N°
3298 de 12 de diciembre de 2005.
A
través de estos tratados nuestro país está obligado a contar con una instancia
independiente que examine periódicamente el trato y las condiciones de vida de
las personas privadas de libertad o en custodia del Estado.