LUEGO DE CINCO AÑOS DE ESPERA, PACIENTE RENAL ACCEDE A TRASPLANTE POR ACCIÓN DE LIBERTAD INTERPUESTA POR LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO
24 de Diciembre de 2024 01:47 pm
La Paz, 23 de diciembre de 2024 (UCOM/DPB). - Mediante la Acción de
Libertad interpuesta de la Defensoría del Pueblo, la Justicia concedió que el
señor B.G.H.L, paciente con insuficiencia renal retome el proceso para acceder
a un ‘Trasplante Renal con Donante vivo No relacionado’, esto, luego de estar
tres años para obtener una respuesta de la Caja Petrolera de Salud (CPS-
Obrajes), de la ciudad de La Paz, donde es atendido.
“Tras tener conocimiento de la
vulneración de los derechos del señor B.G.H.L., un paciente con insuficiencia
renal crónica 5, la Defensoría del Pueblo desarrolló gestiones inmediatas
indagando la situación en la CPS – Obrajes, donde el paciente hizo la primera
solicitud en agosto del 2018. Luego de la pandemia, el 2021, realizó una nueva
solicitud, pero no tuvo respuestas, deteriorando más su salud”, informó el
Delejado Defensorial de La Paz, Francisco Rodríguez.
Según explicó, a la primera
solicitud, la CPS respondió que las autoridades judiciales y el SEDES (Servicio
Departamental de Salud) deben autorizar el trasplante. El 2021, ante la nueva
solicitud de respuesta y la realización de estudios de compatibilidad del
paciente y del donador, la Caja le sostuvo que el donante debe ser relacionado
hasta el cuarto grado de consanguinidad.
En ese contexto, el delegado
Defensorial señaló que, con la demora de respuestas y acciones, se constató que
“la CPS vulneró el derecho de acceso a la salud del paciente y puso en peligro
su derecho a la vida y dignidad”, por lo que la Defensoría del Pueblo solicitó a instancias judiciales le conceda
la tutela y se disponga la autorización inmediata del trasplante renal a favor
del señor B.G.H.L., o en su defecto, se
garantice que por medio del Programa de Salud Renal del Ministerio de Salud y
Deportes y/o el SEDES se proceda con las pruebas médicas y valoraciones,
seguidamente el postrasplante.
Al respecto, la Juez de Sentencia
Penal, Anticorrupción contra la Violencia hacia la Mujer N°14 del Tribunal
Departamental de Justicia de La Paz determinó que, el “Ministerio Salud y
Deportes y el Programa Nacional de Salud Renal que hagan seguimiento a las
solicitudes, debiendo exhortar a los SEDES en este y otros casos similares, a
realizar la respuesta oportuna señalando que todos estos casos deben
redireccionar en casos de existir un error sobre la petición o el inicio del
trámite, a efectos de garantizar el cumplimiento de la propia normativa
(señalada por Ministerio de Salud)”.
Asimismo, en cuanto a la CPS, se
dispuso que en el día se remitan las cartas o cualquier otro elemento
administrativo que tenga que ser atendido por el SEDES tanto de La Paz como de
Santa Cruz para iniciar los trámites inherentes a la valoración del paciente;
En cuanto al SEDES, el juez
dispuso que inicie la autorización inmediata al acceso de las pruebas de
pretrasplante, valoraciones por especialidad para el trasplante, y todo cuanto
examen sea necesario y requerido para determinar la compatibilidad entre el
donante y el receptor, aplicándose en este caso, los gastos a favor del Estado
por derivar este tema a la vía constitucional y haber puesto en riesgo la salud
del accionante.
“(…) De esta manera se está
generando una dilación a la atención de elementos relacionados al principal
derecho protegido por nuestra legislación y saturar el sistema constitucional
de manera innecesaria, siendo el monto de Bs. 5.000 que deberán ser depositados
a la cuenta del Consejo de la Magistratura; y disponiéndose que en el plazo de
24 horas de su legal notificación se dé inicio a los trámites médicos”, remarca
la sentencia.