LUEGO DE CINCO AÑOS DE ESPERA, PACIENTE RENAL ACCEDE A TRASPLANTE POR ACCIÓN DE LIBERTAD INTERPUESTA POR LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO

LUEGO DE CINCO AÑOS DE ESPERA, PACIENTE RENAL ACCEDE A TRASPLANTE POR ACCIÓN DE LIBERTAD INTERPUESTA POR LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO

24 de Diciembre de 2024 01:47 pm

LUEGO DE CINCO AÑOS DE ESPERA, PACIENTE RENAL ACCEDE A TRASPLANTE POR ACCIÓN DE LIBERTAD INTERPUESTA POR LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO

La Paz, 23 de diciembre de 2024 (UCOM/DPB). - Mediante la Acción de Libertad interpuesta de la Defensoría del Pueblo, la Justicia concedió que el señor B.G.H.L, paciente con insuficiencia renal retome el proceso para acceder a un ‘Trasplante Renal con Donante vivo No relacionado’, esto, luego de estar tres años para obtener una respuesta de la Caja Petrolera de Salud (CPS- Obrajes), de la ciudad de La Paz, donde es atendido.

“Tras tener conocimiento de la vulneración de los derechos del señor B.G.H.L., un paciente con insuficiencia renal crónica 5, la Defensoría del Pueblo desarrolló gestiones inmediatas indagando la situación en la CPS – Obrajes, donde el paciente hizo la primera solicitud en agosto del 2018. Luego de la pandemia, el 2021, realizó una nueva solicitud, pero no tuvo respuestas, deteriorando más su salud”, informó el Delejado Defensorial de La Paz, Francisco Rodríguez.  

Según explicó, a la primera solicitud, la CPS respondió que las autoridades judiciales y el SEDES (Servicio Departamental de Salud) deben autorizar el trasplante. El 2021, ante la nueva solicitud de respuesta y la realización de estudios de compatibilidad del paciente y del donador, la Caja le sostuvo que el donante debe ser relacionado hasta el cuarto grado de consanguinidad.

En ese contexto, el delegado Defensorial señaló que, con la demora de respuestas y acciones, se constató que “la CPS vulneró el derecho de acceso a la salud del paciente y puso en peligro su derecho a la vida y dignidad”, por lo que la Defensoría del Pueblo  solicitó a instancias judiciales le conceda la tutela y se disponga la autorización inmediata del trasplante renal a favor del  señor B.G.H.L., o en su defecto, se garantice que por medio del Programa de Salud Renal del Ministerio de Salud y Deportes y/o el SEDES se proceda con las pruebas médicas y valoraciones, seguidamente el postrasplante.

Al respecto, la Juez de Sentencia Penal, Anticorrupción contra la Violencia hacia la Mujer N°14 del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz determinó que, el “Ministerio Salud y Deportes y el Programa Nacional de Salud Renal que hagan seguimiento a las solicitudes, debiendo exhortar a los SEDES en este y otros casos similares, a realizar la respuesta oportuna señalando que todos estos casos deben redireccionar en casos de existir un error sobre la petición o el inicio del trámite, a efectos de garantizar el cumplimiento de la propia normativa (señalada por Ministerio de Salud)”.

Asimismo, en cuanto a la CPS, se dispuso que en el día se remitan las cartas o cualquier otro elemento administrativo que tenga que ser atendido por el SEDES tanto de La Paz como de Santa Cruz para iniciar los trámites inherentes a la valoración del paciente;

En cuanto al SEDES, el juez dispuso que inicie la autorización inmediata al acceso de las pruebas de pretrasplante, valoraciones por especialidad para el trasplante, y todo cuanto examen sea necesario y requerido para determinar la compatibilidad entre el donante y el receptor, aplicándose en este caso, los gastos a favor del Estado por derivar este tema a la vía constitucional y haber puesto en riesgo la salud del accionante.

“(…) De esta manera se está generando una dilación a la atención de elementos relacionados al principal derecho protegido por nuestra legislación y saturar el sistema constitucional de manera innecesaria, siendo el monto de Bs. 5.000 que deberán ser depositados a la cuenta del Consejo de la Magistratura; y disponiéndose que en el plazo de 24 horas de su legal notificación se dé inicio a los trámites médicos”, remarca la sentencia.